Desde el Ayuntamiento de Finestrat informan que del 1 al 31 de octubre los vecinos podrán solicitar el plan de bonificaciones fiscales mediante el cual el consistorio ayudará a sufragar parte de los gastos del recibo del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).
Beneficiarios de la ayuda del IBI
Los beneficiarios son las familias más necesitadas y colectivos con menos recursos como pueden ser vecinos en situación de desempleo, personas mayores de 65 años, pensionistas de la Seguridad Social menores de 65 años y también familias numerosas que no disfruten de la bonificación de la cuota íntegra que ya establece la ordenanza fiscal reguladora del IBI de este Ayuntamiento.
En palabras del alcalde, Juan Francisco Pérez, “tal como anunciamos en la elaboración de los presupuestos municipales hemos reservado una partida de 40.000€ para establecer ayudar sociales a las familias que más lo necesitan en el pago del IBI. Hoy os anunciamos que este mes de octubre permanecerá abierto el plazo para que solicitar esta ayuda que tendrá un límite de 300€ destinado al IBI de la vivienda habitual. Por tanto, invito a todos los vecinos a que vengan al Ayuntamiento a informarse y a tramitar esta ayuda social que podrán recibir los finestratenses en situación de desempleo, los pensionistas y también las familias numerosas en base a lo establecido en la ordenanza”.
Ayudas hasta 300€
El importe de la
subvención del recibo del IBI será hasta un máximo de 300 €,
siempre que se cumplan los requisitos establecidos en las bases y se presente
la documentación en tiempo y forma. Las bases que regulan esta subvención se podrán
consultar en el Portal de Transparencia de la página
web municipal.
Plazos de solicitud
El Ayuntamiento de Finestrat tiene contemplada una partida de 40.000€ de los presupuestos municipales de 2019 para el pago de esta nueva línea de subvención del IBI. La solicitud y la documentación se podrá presentar por Registro de Entrada del Ayuntamiento (planta baja) y también en la extensión administrativa de la Cala desde el 1 al 31 de octubre.
Entre la documentación que se debe aportar está la solicitud en modelo normalizado (facilitada por el Ayuntamiento), la ficha de Terceros en modelo normalizado (datos bancarios), salvo que ya se haya entregado para otras subvenciones y se mantengan los datos; fotocopia del DNI; copia del Recibo pagado del IBI-2019 que es objeto de la subvencióny fotocopia de la declaración de la Renta 2018, o certificado emitido por la Agencia Tributaria de no estar obligado a realizarla, de todos los miembros de la Unidad Familiar, entre otros.
Para el caso de arrendatarios será necesario el contrato de arrendamiento de la vivienda y justificante del pago en el que se acredite que el pago lo ha realizado el propio arrendatario; el justificante de ser pensionista cuando se trate de esta circunstancia; para las personas en situación legal de desempleo, será preciso presentar la Tarjeta de Demanda de Empleo (DARDE) vigente; para los beneficiarios de familias numerosas, el Título de Familia Numerosa vigente.
Requisitos para ser beneficiario de la bonificación
Entre los requisitos, los solicitantes deben estar empadronado en la vivienda objeto de la subvención y ser el sujeto pasivo del IBI; estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Finestrat, incluido el Impuesto que se subvenciona; no ser beneficiario de ninguna bonificación de la cuota íntegra para las familias numerosas, que establece la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles; y tener una Renta, la Unidad Familiar, que no supere 2 veces el IPREM (Indicador Público de renta de efectos múltiples).