Finestrat reduce los tres impuestos que dependen del ayuntamiento

El Ayuntamiento de Finestrat aprobó ayer nuevas medidas para bajar impuestos y también para incentivar la protección del medio ambiente.

El pleno de Finestrat ha aprobado una bonificación del 75% sobre el impuesto de aquellos vehículos que generen menos impacto sobre el medio ambiente.

La bonificación también se aplicará en un 50% a los matriculados a partir del año 2001, lo que permite que se puedan beneficiar prácticamente la totalidad de vehículos matriculados en Finestrat a partir de ese año con motor Euro 3.

Cabe señalar que actualmente la media de lo que se abona por este impuesto para un turismo oscila entre 70 y 110€.

El alcalde de Finestrat, Juanfran Pérez Llorca, explicaba que de los Ayuntamientos dependen 3 impuestos: el IBI, la plusvalía y el impuesto de vehículos.

“Siguiendo nuestra política de reducción de la presión fiscal en Finestrat hemos aprobado la reducción de los tres, ya que en el pleno de hoy hemos aprobado la bonificación del 75% para el impuesto de vehículos que producen menos impacto sobre el medio ambiente”, subrayaba el alcalde.

Se incluyen vehículos eléctricos, híbridos y aquellos que cumplen directivas europeas como Euro 4, Euro 5 o Euro 6.  También bonificaremos en un 50% los vehículos matriculados desde el año 2001 con motor Euro3.

Se podrán beneficiar de esta bonificación prácticamente la totalidad del padrón de vehículos. En Finestrat se venía pagando una media de 80-100€ por este impuesto y prácticamente todos pasarán a pagar la mitad.

“Se trata de una medida para incentivar la renovación de la flota de vehículos más antiguos y para fomentar la protección de nuestro entorno reduciendo las emisiones de CO2 a la atmósfera”, matizaba Pérez Llorca. 

Al término de la sesión la primera autoridad local ya avanzó que la intención es seguir paulatinamente con la reducción de impuestos.

Finestrat ha bajado en un 6% el tipo impositivo del IBI para el próximo ejercicio, bonifica en un 95% el impuesto de plusvalía (el máximo que permite la ley) y ahora bonifica el impuesto de vehículos.

“Por tanto, seguimos trabajando en mantener la estabilidad económica del Ayuntamiento al mismo tiempo que seguimos trabajando para seguir reduciendo la presión fiscal a todos los vecinos de la localidad”, recordaba el alcalde.

Nuevas medidas ante los impuestos

Bonificación del 50%

La bonificación llegará a ser del 50% en el caso de vehículos con motor Euro 3, matriculados a partir del 1 de enero de 2001.

Para todos los vehículos matriculados desde el 1 de enero de 1993 los cuales, según la Orden del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de 10 de octubre de 1992, ya van equipados con catalizador, cumpliendo así uno de los requisitos exigidos para acceder a las bonificaciones por mejoras medioambientales.

Bonificación del 75%

Se podrán beneficiar los propietarios de aquellos vehículos que generen menos impacto sobre el medio ambiente, bien por la clase de carburante utilizado o por las características de sus motores:

  • Motores que cumplan con las normas sobre el nivel de emisiones contaminantes definidas en las directivas Euro 4/IV, Euro 5/V, Euro 6/VI o superior.
  • Vehículos híbridos o modales (motor eléctrico- gasolina, eléctrico- diésel o eléctrico-gas) que estén   homologados de fábrica, incorporando dispositivos catalizadores, adecuados a su clase y modelo, que minimicen las emisiones contaminantes.
  • Vehículos eléctricos y/o de emisiones nulas.
  • Vehículos que utilicen algún tipo de gas como combustible, que estén homologados de fábrica o adaptados para la utilización de gas como combustible de certificado de ITV, incorporando dispositivos catalizadores adecuados a su clase y modelo, que minimicen las emisiones contaminantes.
  • Vehículos con gasolina sin plomo y con catalizador o fotovoltaicos.

Bonificación del 100%

Sobre la cuota del impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica también existe una bonificación del 100 % para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.

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